Superfinanciera ordenó a ocho personas naturales suspender inmediatamente la promoción en el país de productos de la sociedad extranjera Omegapro

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La Superintendencia Financiera de Colombia – SFC ordenó a ocho personas naturales suspender de manera inmediata la promoción y publicidad a residentes en el país de productos o servicios para la realización de operaciones propias del mercado de valores de la sociedad extranjera Omegapro

En la medida adoptada mediante la Resolución 0469 del 18 de mayo de 2021, se les ordena además retirar cualquier término, palabra o alusión de todos los medios de promoción o publicidad empleados, incluidas las redes sociales, mediante los cuales se dé a entender que cuentan con la autorización para promocionar los productos y/o servicios de la sociedad extranjera Omegapro en Colombia.

La Superintendencia Financiera estableció que la promoción que realizaban Sebastián Ortiz Pion, Hugo Fernando Hernández Rodríguez, Daniel Leonardo Velásquez, Angie Vanessa Pineda Amaya, Katerine Carlozama Castro, Harol Alfonso Alvarado Galván, José Rolando Rodríguez Loaiza y Esteban Pinto Salazar en el territorio nacional, tenía como finalidad la compra de paquetes de inversión – “trading” – para realizar operaciones complejas con activos financieros, incluyendo el mercado FOREX.

La promoción la venían realizando mediante un esquema de “referidos” y, al no contar con el conocimiento ni la experiencia adecuados, no advertían a las personas sobre los riesgos que tienen las operaciones en el mercado FOREX, lo que puede derivar en la pérdida total de la inversión.

La Superintendencia Financiera de Colombia reitera que la actividad de promoción o publicidad de productos y/o servicios del mercado de valores de entidades extranjeras realizadas por personas naturales o jurídicas a residentes en el país, debe contar con las autorizaciones correspondientes de este organismo de control

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