5. Trámites
Código Nacional de Tránsito Terrestre
Artículo 10. Sistema integrado de información sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito
Con el propósito de contribuir al mejoramiento de los ingresos de los municipios, se autoriza a la Federación Colombiana de Municipios para implementar y mantener actualizado a nivel nacional, un sistema integrado de información sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito (SIMIT), por lo cual percibirá el 10% por la administración del sistema cuando se cancele el valor adeudado. En ningún caso podrá ser inferior a medio salario mínimo diario legal vigente.
PARÁGRAFO. En todas las dependencias de los organismos de tránsito y transportes de las entidades territoriales existirá una sede del SIMIT o en aquellas donde la Federación lo considere necesario, con el fin de obtener la información para el consolidado nacional y para garantizar que no se efectúe ningún trámite de los que son competencia de los organismos de tránsito en donde se encuentre involucrado el infractor en cualquier calidad, si éste no se encuentra a paz y salvo.
El ciudadano a través del diligenciamiento del formato de pqrsd o por medio de la radicación en la ventanilla virtual de nuestro portal web, podrá solicitar el historial de conductor de persona natural, jurídica, placa de automotor, estadísticas, usuarios de uso para consulta de información masiva del Simit.
RESOLUCIÓN No 35 DE 2016, “Por medio de la cual se reglamentan los costos de reproducción de la información pública que reposa en el Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito Simit”.